Hasta el 4 de diciembre se debe presentar la documentación en la oficina municipal de Rentas y Patentes o enviar escaneado (no foto), vía correo a rentas@quillota.cl.
En este sentido, desde la oficina municipal de Rentas y Patentes su encargado Luis Cataldo, explica que la información para los contribuyentes sobre este proceso obligatorio esta disponible en las plataformas digitales y sociales del municipio, espacio donde pueden saber cómo hacer esta renovación y quienes deben presentar la documentación hasta el viernes 4 de diciembre, para después ser aprobada por el Concejo Municipal.
¿QUÉ DOCUMENTOS SE NECESITAN SEGÚN MI CONDICIÓN?
-Las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.) y las personas naturales deben acompañar Certificado de Antecedentes para Fines Especiales y Declaración Jurada Notarial respecto de Prohibiciones del artículo N° 4 de la Ley de Alcoholes, documentos que deben ser actualizados, además de Certificado de Recepción Final de Obra del local comercial, otorgado por la Dirección de Obras Municipales.
– En el caso de arrendatarios de una patente, deben acompañar su Certificado de Antecedentes para Fines Especiales y Declaración Jurada Notarial respecto de Prohibiciones del artículo N° 4 de la Ley de Alcoholes y los del dueño de la patente, documentos que deben ser actualizados, además de Certificado de Recepción Final de Obra del local comercial, otorgado por la Dirección de Obras Municipales.
– Tratándose de Sucesiones, se debe presentar el Acta de Sucesión y acompañar Certificado de Recepción Final de Obra del local comercial, otorgado por la Dirección de Obras Municipales; y, por cada uno de sus integrantes, se debe acompañar Certificado de Antecedentes para Fines Especiales y Declaración Jurada Notarial respecto de Prohibiciones del artículo N° 4 de la Ley de Alcoholes, documentos que deben estar actualizados.
– Clubes Sociales, deben presentar copia del Acta de la última Elección, y acompañar, por cada miembro de la directiva, Certificado de Antecedentes para Fines Especiales y Declaración Jurada Notarial respecto de Prohibiciones del artículo N° 4 de la Ley de Alcoholes, documentos que deben estar actualizados. Además, se debe acompañar Certificado de Recepción Final del local comercial otorgado por la Dirección de Obras Municipales.
-En el caso de Sociedades de cualquier tipo se debe presentar la escritura de constitución de la misma, y si hubiere modificaciones, se deberá entregar copia de aquellas no acompañadas. De igual forma, se deberá acompañar Certificado de Recepción Final de Obra del local comercial, otorgado por la Dirección de Obras Municipales. Asimismo, se deberá acompañar, por cada uno de los socios, Certificado de Antecedentes para Fines Especiales y Declaración Jurada Notarial respecto de Prohibiciones del artículo N° 4 de la Ley de Alcoholes, documentos que deben estar actualizados. En el caso de las Sociedades Anónimas, se deberá acompañar los antecedentes de cada uno de los miembros del directorio, de su gerente y del representante legal de la misma, junto con la escritura y/o última modificación con el nombramiento de ellos. Respecto a la exigibilidad de acompañar Recepción Final de Obra, cabe hacer presente a Ud. que de acuerdo al Dictamen N° 36.320, de fecha 12 de octubre de 2017, en concordancia con el Dictamen N° 45.230, de 2014, del mismo organismo, el cual establece que la existencia de la Recepción Definitiva por parte de la Dirección de Obras Municipales “…constituye un requisito tanto para el otorgamiento como para la renovación de las patentes de alcoholes, de manera que las municipalidades deben exigir que se acredite que la construcción en que se pretendan o funcionen los negocios o establecimientos que amparan tales autorizaciones cuenten con el respectivo certificado emitido por la dirección de obras, debiendo en caso contrario, no renovarlas”.
Por tanto, por medio del presente, comunico a Ud. que debe concurrir a la Oficina de Rentas y Patentes, ubicada calle Maipú Nº330, Auditorio Municipal, 2º piso edificio consistorial, o enviar escaneado (no foto), vía correo a rentas@quillota.cl para presentar y realizar la entrega de la totalidad de la documentación señalada, evitando de esta manera la caducidad de la patente por no renovación.
El Certificado de Antecedentes para Fines Especiales y la Declaración Jurada Notarial respecto de las Prohibiciones del artículo N° 4 de la Ley de Alcoholes, deben estar actualizados, con una antigüedad no mayor a 30 días.
RECUERDE QUE EL 31 DE ENERO DE 2021 VENCE EL PLAZO PARA EL PAGO DE SU PATENTE
3 NOTIFICACIONES PARA RENOVACION PATENTES DE ALCOHOLES 1S 2021 (1) (1)