OFICINA DE LOS PUEBLOS
ORIGINARIOS
COORDINADORA
CINDY ARAYA
CONTACTO
332 291 218
CORREO
CINDY.ARAYA@QUILLOTA.CL
Objetivo general
Abrir espacios de participación intercultural, ya sea individual o colectivo, que aporten al desarrollo de capacidades y oportunidades de las personas pertenecientes a los Pueblos Originarios reconocidos legalmente en Chile (Mapuche, Aymara, Rapa Nui, Atacameña, Quechua, Colla, Diaguita, Kawashkar, Yagán y Chang; ley 19.253), presentes en la comuna.
Objetivos específicos
- Fomentar la participación y actividades de las organizaciones de pueblos originarios de la comuna.
- Incentivar espacios de dialogo y difusión intercultural
- Difundir la oferta pública y local de beneficios para los pueblos originarios
TRÁMITES ABIERTOS A LA COMUNIDAD
El tramite permite una persona indígena, lograr la acreditación que indica que pertenece a uno de los diez pueblos originarios reconocidos legalmente en Chile: mapuche, aymara, rapa nui, atacameña, quechua, colla, diaguita, kawashkar, yagán y chango.
Requisitos
- Fotocopia simple de la cédula de identidad vigente.
- Certificado de nacimiento de los ascendientes, hasta tres generaciones si es necesario
- Clave única
El tramite permite una persona indígena, lograr la acreditación que indica que pertenece a uno de los diez pueblos originarios reconocidos legalmente en Chile: mapuche, aymara, rapa nui, atacameña, quechua, colla, diaguita, kawashkar, yagán y chango.
Requisitos
- Fotocopia simple de la cédula de identidad vigente.
- Certificado de nacimiento de los ascendientes, hasta tres generaciones si es necesario
- Clave única
- Declaración Jurada firmada ante notario.
- Vivienda
- Listado de apellidos, de los 10 pueblos reconocidos por la Ley.
- Postulación a concursos y fondos de CONADI.
Requisitos
- Certificado de acreditación de la calidad indígena de CONADI.
- Certificado con promedio notas del último año cursado.
- Cartola de Registro Social de Hogares (hasta 60% situación vulnerabilidad).
- Certificado o documento idóneo para acreditar la condición de matriculado o de alumno regular.
Requisitos asociación
- Estar organizadas en forma voluntaria y funcional, constituidas, al menos, por 25
personas. - Certificado de acreditación de la calidad indígena de CONADI.
Requisitos comunidad
- Certificado de acreditación de la calidad indígena de CONADI.
- Provenir de un mismo tronco familiar.
- Reconozcan una jefatura tradicional.
- Posean o hayan poseído tierras indígenas en común.
- Para su constitución mínimo 10 personas, todos mayores de edad, que no estén registrados en otra comunidad y que acrediten calidad indígena.
- Solicitar al ministro de fé que los constituya en terreno, puede ser el
Secretario Municipal, o de un Oficial de Registro Civil y/o Notario Público. (ART.
10 de la ley.)